07/Diciembre/2004
Claudia Lemuz

Después de que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla declaró infundado el primer recurso de inconformidad que el PAN interpuso en contra de la elección de gobernador, su líder estatal, Eduardo Rivera Pérez, indicó que esperará la notificación y el resultado del segundo recurso que promovió su partido, a través del que apela a la causal de nulidad abstracta.

Por su parte, Rafael Guzmán Hernández, representante del PAN ante el Instituto Electoral del Estado, defendió que la denuncia y las pruebas que presentó en contra del triunfo de Mario Marín Torres, gobernador electo de Puebla, sí son suficientes para anular la elección.

Aclaró que el PAN no puede precisar si el PRI compró el día de las elecciones 40 o 200 mil votos, pero la suma de irregularidades que hubo en el proceso electoral y el día de la jornada sí prueban que fue una lucha sin equidad.

Entre los agravios está el inicio anticipado de campaña del candidato del PRI a la gubernatura; el uso de la palabra oportunidades, homónima del programa federal; el uso de símbolos religiosos; proselitismo en espacios públicos como escuelas; la coacción del voto a la que recurrió para verse favorecido el 14 de noviembre y la intervención de la Secretaría de Gobernación a favor del PRI.

Por su parte, ayer el TEEP declaró por unanimidad infundado el recurso de inconformidad que presentó Acción Nacional en contra de la validez del cómputo para la elección de gobernador del distrito 26, con cabecera en Xicotepec de Juárez.

El PAN argumentó que no se contabilizaron los votos de los municipios de Pantepec y Venustiano Carranza y por ende el resultado que validó el Consejo General del Instituto Electoral del Estado era incorrecto y podría ser causa de nulidad de la elección.

Sin embargo, de acuerdo con el proyecto que elaboró el magistrado Germán Alejandro López Brun, el cómputo de los votos que recibieron los candidatos a gobernador en dichos municipios no se llevó a cabo por lo que el Código Electoral califica como una causa de fuerza mayor. En ambos casos la población se opuso al traslado de la paquetería electoral al Consejo Distrital de Xicotepec.

Incluso en el municipio de Venustiano Carranza los inconformes quemaron material electoral y por ende la no realización del cómputo de votos para gobernador no es imputable a los consejeros electorales que validaron la elección en Xicotepec de Juárez, determinó el órgano jurisdiccional.

Al entrar al fondo del asunto, el TEE determinó que en el supuesto de que en ambos municipios todos los electores hubieran votado a favor de un partido, los 27 mil 321 votos que hubiera obtenido el PAN, PRD, PT, PVEM o Convergencia, en caso de que el total fuera para un solo partido, no alteran el resultado final del cómputo de gobernador, dado que el PRI a través de Mario Marín Torres, obtuvo 851 mil 470 votos contra 620 mil 481 de Acción Nacional que quedó en segundo lugar.

El medio de impugnación no actualiza ninguno de los tres supuestos considerados en el artículo 378 del Código Electoral para anular la elección, señaló el TEE.